martes, 24 de julio de 2012

Un pueblo que se siente ciudadanía


Un pueblo despierto actua como ciudadanía comprometida y responsable de su propio destino, no permitiendo que un excesivo número de individuos, en muchos casos sin profesión u oficio, por medio de mofas elecciones, toman el poder, lo que prontamente les convierte en golfos, vagos físicos y mentales, vividores del sudor ajeno, haciendo del poder que les ha sido delegado un estercolero, donde se adueñan del sillón que le ha sido prestado, eternizándose en él como si aquel fuese de su propiedad, al tiempo que imponen normas injustas y discriminatorias, favoreciendo siempre a la capas sociales más pudientes.
Ese discriminado pueblo debe saber que si se convierte en ciudadanía, ningún golfo, podrá interponerse en su camino.
Elecciones generales, regionales y locales ¡YA!, sin que le sea permitido a ninguno de los golfantes hoy existentes repetir y, que dichas elecciones sean por escaño a cubrir, con elección directa del individuo que quiere ocupar ese mismo sillón.
¡Que en ningún caso la representación directa de la ciudadanía pueda extenderse en el tiempo por un período superior a dos legislaturas!.
SENADO: máximo 1 escaño por provincia, lo que resultaría un senado con un máximo de 52 senadores. ¡Que cada cual, defienda por si mismo su candidatura!
CONGRESO: máximo 250 escaños, dividiendo esos escaños en 250 distritos electorales y por provincias, según la población electoral. ¡Que cada cual, defienda por si mismo su candidatura!
DIPUTACIONES PROVINCIALES: Derogadas. Sus competencias las deben asumir los gobiernos regionales. Igual que ocurre con los gobiernos uniprovinciales.
GOBIERNOS REGIONALES: Sus parlamentarios, en número, no deben ser superiores a  50, ello para la región más poblada, la de menor población, la parte proporcional a dicho máximo. Ámbitos territoriales en los que se deben establecer tantos distritos electorales como escaños a cubrir y, ¡que cada cual, defienda por si mismo su candidatura!
GOBIERNOS LOCALES: En proporción a la población, donde el mínimo será de 5 concejales (para agrupaciones electorales nunca inferiores a 5000 votantes) y un máximo de 45 escaños (para la población más poblada). En dichos ámbitos territoriales, se deberán formar tantos distritos electorales como escaños de concejales a cubir y, ¡que cada cual, defienda por si mismo su candidatura!.
JEFES DE GOBIERNO: LOCAL, REGIONAL, NACIONAL, tod@ aquel que aspire a tal cargo, deberá presentar su candidatura ante toda la ciudadanía del ámbito electoral que pretende gobernar. Cuando en tal ámbito electoral, la ciudadanía le otorgue más del 50% de los votos, entonces podrá decir que efectivamente representa a la mayoría de los votantes de dicha circunscripción. Para que sea admitida a trámite su candidatura, tod@  candidat@, previamente deberá presentar aval de electores. Su número se determinaría en proporción a los votantes. Verbigracia: Jefe de gobierno nacional: 40.000 avales previos; Jefe de gobierno regional: 25.000 avales previos; jefe de gobierno local, según la población, mínimo 1.000, máximo 10.000 avales previos.
CONSEJEROS DE LIBRE DESIGNACIÓN DE LAS JEFATURAS DE GOBIERNO, cuales quiera que las mismas sean y cuando ello sea requisito contrastadamente necesario, máximo 15  (1 por área o departamento).
 
 

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